Declaración censual anual de explotaciones ganaderas. Apicultura.

Como en años anteriores, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, con objeto de facilitar el trámite obligatorio de comunicación del censo según establece el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se regula el Registro general de explotaciones ganaderas, remite el impreso en el que deberá cumplimentar el censo que mantenga en su explotación de especie apícola.

Una vez actualizado y firmado deberá presentar el documento en cualquiera d elos lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO III–DECLARACIÓN ANUAL DE CENSO

Así mismo este impreso está disponible para su descarga en la página web registro de explotaciones ganaderas de la Comunidad de Madrid, entrando en la pestaña Gestión –> TRAMITAR.

En esta página, el modelo de impreso a descargar es el Anexo III – Declaración anual de censo.

Las personas jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica están obligadas a entregarlo electrónicamente (art. 14.2 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Para realizar el trámite telemáticamente una vez rellenado el Anexo III, se gestiona pulsando en REGISTRO ELECTRONICO, donde se anexa el documento de Declaración anual de censo, una vez relleno.

Para la gestión electrónica es necesario disponer de certificado electrónico o DNI electrónico.

En caso de no realizar la comunicación del censo de la explotación ganadera antes del 1 de marzo de 2023 se procederá a considerar la explotación como inactiva, al no contar con efectivos. Asimismo, la no comunicación del censo podrá incidir en la concesión de ayudas de la Política Agraria Comunitaria durante el año 2023.

Para cualquier duda contactar con info@apiscam.org