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Asentamientos apícolas de iniciación

NORMA DE ASENTAMIENTOS APÍCOLAS DE INICIACIÓN. PROTOCOLO DE GESTIÓN Y SOLICITUD DE ASENTAMIENTOS

1.- DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA DE ASENTAMIENTOS

Desde hace varios años, APISCAM viene gestionando algunos terrenos públicos para su aprovechamiento como asentamientos apícolas por parte de sus asociados.

El objetivo del Programa de Asentamientos es el de proporcionar espacios a los nuevos apicultores para que se inicien en la apicultura.

Dichos asentamientos tienen este único objetivo, por lo que no podrán ser usados para otras funciones como la trashumancia.

El periodo de permanencia en el programa de asentamientos de iniciación, será por un periodo de dos años naturales, prorrogables bajo disponibilidad.

Los convenios que firma APISCAM con los Ayuntamientos son por un periodo determinado o tienen fecha de vencimiento y habitualmente son renovados, por lo que la duración y uso de dichos asentamientos están supeditados a dichas renovaciones. En el supuesto de no renovación del asentamiento con el Ayuntamiento, se propondrá alternativa al socio, siempre y cuando la hubiera.

Los asentamientos están registrados con el REGA de APISCAM. Las colmenas que se depositen en estos asentamientos estarán bajo el REGA de la asociación, con su seguro de responsabilidad civil tramitado por APISCAM, tratamientos veterinarios obligatorio, durante su permanencia en el colmenar, para ello se firmará un contrato entre el socio y APISCAM por la cesión de sus colmenas por ese periodo.

La responsabilidad de los cuidados y circunstancias de las colmenas será en todo momento del Socio, quien deberá cumplir con las normas vigentes en cuanto a uso del fuego, y pondrá los tratamientos contra varroa destructor cuando la asociación o el apicultor de seguimiento lo indique.

La Junta Rectora nombrará a un Responsable del Programa de Asentamientos. Además, se nombrará a un Coordinador por cada asentamiento, que será uno de los socios que tengan colmenas en el asentamiento, para la coordinación de tareas, seguimiento e incidencias de cada asentamiento. Las dudas o información adicional sobre dicho asentamiento se podrá comentar con el Coordinador del Asentamiento. En caso de no ser posible, podrá contactar con el Responsable del Programa al correo electrónico: asentamientos@apiscam.org.

2.- OBJETO DE ESTE PROTOCOLO

El presente documento pretende fijar los criterios generales para la gestión de los asentamientos de este Programa. Criterios más específicos para cada asentamiento vendrán descritos en documentos independientes.

3.- REQUISITOS PARA SOLICITAR UN ASENTAMIENTO

Los requisitos para solicitud y renovación del uso de un asentamiento son:

  • Ser socio de APISCAM y estar al corriente de pago de la cuota anual como socio.
  • Compromiso firme de formarse para adquirir los conocimientos mínimos para el manejo de las colmenas.
  • Compromiso firme de buscar asentamiento propio.
  • Seguir las Normas Generales de Convivencia y Educación así como Cumplir la normativa vigente.

4.- NORMATIVA GENERAL DE LOS ASENTAMIENTOS

El número máximo de colmenas por asentamiento tenderá a ser de entre 60 y 80 dependiendo de ubicación.

El Responsable del Programa de Asentamientos procederá a la asignación de las plazas a los asociados.

A cada asociado se le permitirá tener un número máximo de 5 colmenas en el asentamiento, pudiendo ampliar este número con núcleos de enjambres si fuera necesario dividir dichas colmenas, para evitar enjambrazón.

El tiempo máximo de uso del asentamiento por parte de un mismo asociado será de dos años. En el caso que no se prevea cubrir el cupo máximo de plazas en el asentamiento por las nuevas solicitudes y siempre que se acredite las gestiones activas de búsqueda de asentamiento propio, se podrá valorar la continuidad por APISCAM.

Solo se permite la ABEJA IBÉRICA (Apis Melífera Ibérica).

El tratamiento obligatorio incluido en el programa son tiras de Apitraz o de Apivar que se recogerán en la asociación. También se contemplará tratamientos orgánicos sí tras la realización de conteo por varroa,fuera necesario.

El precio por parcela al socio para cada colmenar se establece en función de los costes del asentamiento a la asociación y servicios ofrecidos en los mismos.

Para el año 2024, se calculan unos los costes anuales por uso de plaza en los asentamiento son:

Asentamiento Navacerrada 17,50€ por parcela.

Asentamiento Redueña  17,50€ por parcela.

Seguro por colmena es de 1,40€ x colmena.

Los tratamientos se pagarán aparte, cuando se vayan a aplicar, previa comunicación del Responsable del Programa de Asentamientos, y realización de conteos de varroas, para ver necesidades de cada asentamiento.

5.- CÓMO TRAMITAR EL ALTA O RENOVACIÓN

Para solicitar el alta o renovación hay que realizarlo a través de la tienda virtual de la asociación disponible en esta web, en el Área de Socios. Área de socios → Compras, reservas, cursos… → Acceso a tienda → Asentamientos comunes → Realizar pedido indicando número de colmenas.

Los socios que no hayan disfrutado de este servicio, tendrán prioridad de plaza.

El plazo de solicitud de la renovación de asentamiento es del 30 enero al 15 de febrero, perdiendo la plaza si no se realizará en su tiempo y modo.

El plazo de solicitud de alta nuevas es  a partir del 16 de febrero.

Una vez confirmada la disponibilidad, la plaza quedará asignada en el momento en que se realice el pago de la cuota establecida por el socio.

A partir de la confirmación de Apiscam el socio tendrá un plazo de cuatro meses  para instalar las colmenas, si no su plaza quedará vacante.

6.- OBLIGACIONES DEL ASOCIADO QUE OCUPA UN ASENTAMIENTO

Antes de llevar las colmenas al asentamiento, deberá enviar un correo a asentamientos@apiscam.org adjuntando la Guía sanitaria ganadera, que ha de emitir el apicultor con su REGA al REGA de la Asociación de Apicultores de la Comunidad de Madrid (ES281530000018) con fecha y número de colmenas que se llevarán, que nunca podrán ser más de las asignadas.

El asociado usuario debe cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Solo se permite la ABEJA IBÉRICA (Apis Melífera Ibérica).
  • Debe tener identificadas las colmenas con algún Código de Identificación personal para demostrar su propiedad. APISCAM facilitará placas con el Registro de la Explotación que deberá colocar de forma visible en cada colmena. Para la entrega de las placas se pagará una fianza de 2€ por placa que se devolverá a la finalización del contrato y entrega de placas en la asociación junto con la guía ganadera al REGA del Socio.
  • Todos los usuarios deben asegurar que estén colocados los carteles de “Precaución Abejas” en los lugares oportunos, según la normativa.
  • Debe realizar el tratamiento obligatorio contra la varroa al unísono con el resto de los asociados que ocupen el asentamiento, en un plazo de no más de 20 días, a partir de la fecha indicada por el Responsable del Programa de Asentamientos.
  • Debe comunicar al veterinario y al Responsable del Programa de Asentamientos, de forma inmediata, cualquier enfermedad detectada en sus colmenas y seguir los pasos que él indique.
  • Para poder hacer uso del ahumador, el asociado debe solicitar los permisos necesarios ante el organismo correspondiente solicitando su licencia personal de uso de fuego a su nombre y con el REGA de APISCAM (más información está disponible en la web de la Asociación Autorización para el uso del ahumador – Apiscam
  • No debe dejar o abandonar en los asentamientos colmenas o núcleos que no tengan colonias vivas de abejas. Debe retirar de forma inmediata todas las colmenas o núcleos que hayan muerto, así como cualquier material de soporte utilizado en las colmenas (residuos, madera, palets, alzas, etc.).. Al abandonar el asentamiento por finalizar el período o a voluntad propia, deberá dejarlo como lo encontró y libre de cualquier material que haya depositado durante su estancia en el apiario.
  • Debe cuidar del mantenimiento de sus colmenas y del asentamiento, y denunciar al Coordinador del Asentamiento cualquier anomalía que detecte en el asentamiento.
  • Cada asentamiento nombra a un Coordinador, si no hubiese un voluntario entre los usuarios, este cargo recaerá en el socio que más tiempo lleve en la asociación y esté instalado en el asentamiento.
  • En caso necesario de desbroce, los socios se coordinan entre ellos, para realizar el desbroce, corriendo por su cuenta el coste de maquinaria/mano de obra y la gestión de permisos oficiales.
  • En caso de no cumplir con estas obligaciones, APISCAM podrá exigir la retirada de sus colmenas de forma inmediata.

7.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO Y RETIRADA DE COLMENAS

Para la retirada de colmenas de los asentamientos de iniciación se informará con una antelación mínima de 2 semanas al Responsable del Programa de Asentamientos, para que se pueda emitir la Guía sanitaria ganadera correspondiente, para el traslado de las colmenas.

En caso de no renovación y finalizado el periodo de estancia en el colmenar, se dispondrá de plazo hasta el 1 de abril del año siguiente. Si antes de esa fecha el usuario no las hubiese retirado, el contrato quedará  finalizado, y APISCAM no realizará la Guía sanitaria ganadera correspondiente para el cambio de explotación y las colmenas pasarán definitivamente en posesión de la asociación.

No obstante APISCAM ofrecerá, si fuera posible, su continuidad en el programa de asentamientos, en el mismo colmenar o en cualquier otro que disponga de plazas disponibles.

En caso de expulsión del socio por incumplimiento de contrato, el usuario tendrá el plazo de 2 meses para retirar las colmenas, siempre que estas no supongan un riesgo sanitario y no se pueda emitir la Guía sanitaria ganadera correspondiente. Pasado este plazo las colmenas pasarán definitivamente en posesión de la asociación.